
La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado desestimar los recursos de Coalición por Melilla (CPM) que planteaban la repetición de las elecciones del pasado 28 de mayo y ha trasladado a la Junta Electoral de Zona (JEZ) que «deberá realizar la proclamación de electos en la Ciudad de Melilla conforme al resultado del escrutinio general realizado por dicha Junta Electoral».
El acuerdo de la JEC, al que ha tenido acceso Europa Press y contra el que no cabe recurso, admite que «el acuerdo de la JEZ puede ser objeto del recurso contencioso-electoral lo que conllevará, de presentarlo CPM, retrasar la constitución de la Asamblea 20 días, concretamente del 17 de junio al 7 de julio.
La JEC rechaza la petición de CPM de repetir las elecciones del 28 de mayo por considerar que «los votos por correo emitidos antes del 18 de mayo, sin exigencia de mostrar el DNI, debían calificarse de nulos y apartarse» y que «se habían computado como válidos votos que no fueron remitidos por correo certificado».
La JEC resuelve que «carece de fundamento la queja que al respecto presenta el apoderado de la formación recurrente.
En este sentido, subraya que «la pretensión de anular las elecciones que formula CPM en sus dos escritos no puede ser acogida. El resto de alegaciones también ha sido denegadas porque «se trata de una irregularidad no invalidante».
CPM tienen 72 horas a contar desde este jueves para presentar recurso contencioso y de hacerlo, el Pleno previsto para este sábado 17 de junio para elegir el nuevo presidente de Melilla, se aplazaría al 7 de julio, a la espera de la resolución judicial.
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