Prorrogadas las normas de restricción anti Covid hasta el 12 de abril

Desde hoy y hasta las 23:59 horas del 12 de abril continúan las restricciones actuales para evitar contagios del Covid19, que podrá prorrogarse o modificarse según la evolución epidemiológica en Melilla.

El horario de cierre de atención al público de los establecimientos que desarrollan una actividad económica o profesionales liberales, se sitúa a las 19:00 horas, salvo farmacias y estaciones de servicios.

Se establecen como excepción los establecimientos para la venta de productos alimenticios, limpieza e higiene, cuyo horario de cierre se establece a las 21:00 horas. La venta de bebidas alcohólicas y productos distintos a los enumerados anteriormente, estará permitida hasta las 19:00 horas.

Los aforos podrán alcanzar hasta 1/3 del aforo en centros deportivos y gimnasios, salas de exposiciones, bibliotecas, museos, cines y teatros, así como en salas recreativas y de apuestas. También se deberá respetar el ⅓ del aforo en los velatorios que se den en interior. Al aire libre se permitirá la presencia de hasta 25 personas.

Siguen suspendidos los  eventos deportivos. A excepción de aquellos acontecimientos pertenecientes a equipos y deportistas de categoría nacional, los cuales deberán desarrollarse sin público. 

La hostelería continuará con su horario de apertura de 7:00 a 19:00 horas, con el servicio a domicilio hasta las 23 horas. Las mesas no podrán acoger a más de 4 comensales, excepto en casos de personas convivientes en que podrá aumentarse su número hasta la totalidad de los mismos, tal circunstancia deberá acreditarse mediante DNI, certificado de empadronamiento o libro de familia. Los propietarios del establecimiento deberán acreditarlo. En cualquier momento los agentes de la autoridad podrán requerir de dicha documentación. 

Asimismo, el consumo deberá realizarse en mesa y el número de mesas situadas en el interior y exterior no podrá ser superior a 15, con un máximo de 5 en el interior del establecimiento. En caso de que la licencia de apertura contemplase un número menor, se atenderá al número señalado en la misma y siempre que se respete la distancia mínima establecida.

Las celebraciones relativas a bodas, bautizos, comuniones o eventos similares seguirán la misma norma a la hostelería y en el acto religioso o civil deberá haber un máximo de 6 personas independientemente de la unidad de convivencia.

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